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El Ayuntamiento publicará los bienes y haberes de su corporación

El equipo de gobierno llevará a pleno la aprobación de un modelo de declaración anual de bienes y renta para su publicación en la web municipal. Jesús Plaza, delegado de Hacienda, asegura que "con esta medida se da respuesta a todas las dudas respecto a las retribuciones de los miembros corporativos tanto liberados como sin dedicación. Antes, durante y al final de la legislatura.

La metodología que se va a utilizar será la presentación del año fiscal inmediatamente anterior al actual cerrado a 31 de diciembre. Para ello, todos los miembros corporativos deberán aportar su documentación económica para que la Secretaría del Ayuntamiento realice la correspondiente custodia, verificación y contraste, tras los que se podrá dar fe de los datos y posteriormente transcribirlos al formulario propuesto para su publicación en la página web municipal.

Los miembros corporativos, una vez que este modelo cuente con la aprobación plenaria, deberán presentar las declaraciones de la renta, certificados de retenciones o haberes y cualquier otra documentación económica acreditativa desde el año 2010. Así como la actualización de la declaración de bienes patrimoniales en los mismos periodos.

Jesús Plaza, delegado de Hacienda, ha informado de que esta sistemática se seguirá consecutivamente hasta el final de la legislatura. La previsión es que en un plazo de un mes esté toda la documentación entregada para ser publicada. El año 2010 y 2011 aparecerán en este plazo y una vez que acabe el periodo obligatorio del impuesto IRPF se publicarán los correspondientes al año 2012.

"Con esta medida, el equipo de Gobierno entiende que se da respuesta a todas las dudas al respecto sobre las retribuciones de los miembros corporativos tanto liberados como sin dedicación, antes del inicio de la legislatura, durante la legislatura y al final de la misma, dando muestras de la más absoluta transparencia", indica Plaza.

Los datos que serán publicados son las rentas percibidas, tanto en su concepto como en cantidades y procedencia:

o Retribuciones íntegras del trabajo, honorarios, aranceles u otras retribuciones, cualquiera que sea su denominación.

o Dividendos y participaciones en beneficios de sociedades, comunidades o entidades de cualquier clase.

o Intereses o rendimientos de cuentas depósito o activos financieros.

o Otras rentas o rendimientos de cualquier clase.

En cuanto a los bienes patrimoniales, los inmuebles de cualquier naturaleza urbana o rústica, o cualquier bien inmueble propiedad de una sociedad en la que se participe. La clase y característica de los mismos, su ubicación, fecha de adquisición y coeficiente de participación o derecho sobre el bien.

También se publicarán los depósitos en cuentas corrientes o ahorro, financiera u otro tipo de imposiciones. Otros bienes de derecho, tanto valores mobiliarios como títulos y participaciones societarias, vehículos y embarcaciones, y bienes muebles de especial valor histórico o artístico.

Por otro lado también se aportarán las deudas y obligaciones patrimoniales, hipotecas y préstamos, así como cualquier otra deuda derivada de contratos o sentencias.

Esta declaración, que será pública, supone prácticamente la transcripción de las declaraciones de hacienda de cada miembro corporativo, como los haberes y bienes que documentalmente obren en su poder.

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