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La Ordenanza Municipal para la protección y defensa de los animales de compañía, pionera en la regulación de los perros de asistencia.

Tambien se reconocen las figuras del gato silvestre (gato de colonia), y la de persona cuidadora, así como la posibilidad de establecer convenios con asociaciones protectoras de animales, para la gestión adecuada de colonias.

El Pleno Ordinario que va a celebrarse esta tarde abordará la aprobación inicial de la Ordenanza Municipal para la protección y defensa de los animales de compañía. La modificación de esta regulación de carácter local se inició el pasado año.
Como es preceptivo, la norma tuvo un periodo de consulta pública, con el fin de que todas las personas y entidades interesadas aportaran sus criterios para una mejor reglamentación que contara con la opinión de todas las partes. La respuesta ha sido masiva, y han sido numerosas las aportaciones presentadas para una mejor configuración de la Ordenanza.
Pero si de algo puede presumir la norma puertorrealeña, según apunta la teniente de alcalde de Salud, María Merello, es de ser pionera en la regulación de los perros de asistencia. De hecho, dedica un capítulo completo a los animales que acompañan a personas con diversidad funcional, equiparándolos en el derecho de acceso a establecimientos a los perros guía de personas con difusión visual severa o sordoceguera, ya que la Comunidad Autónoma de Andalucía no tiene regulado este particular.

En la Ordenanza se especifican los requisitos que deben cumplir las entidades adiestradoras y los animales para su reconocimiento e inscripción en el Registro Municipal de Animales de Compañía, expidiéndose un certificado que reconozca la unidad de vinculación perro-usuario. “Hay perros que con el debido adiestramiento llegan a hacer cosas increíbles, incluso dar una autonomía a personas con dificultades de autonomía, y por eso apostamos por regularlo. Además esta ordenación atraerá a visitantes que hasta ahora no nos pueden hacerlo por esta circunstancia”, asegura Merello.

Asimismo, se reconoce por primera vez la figura del gato silvestre (gato de colonia), y la figura de persona cuidadora, así como la posibilidad de establecer convenios con asociaciones protectoras de animales, para la gestión adecuada de colonias. También  se contempla la gestión adecuada de otros animales que puedan producir molestias, como las aves.

La normativa también incluye la prohibición de circos con animales y atracciones de feria con ponis, los tratamientos obligatorios, métodos de sacrificio y esterilización; se regulan las condiciones para el transporte de animales de compañía, de los establecimientos de venta, residencias, centros de adiestramiento y peluquerías; se actualiza la lista de razas de perros consideradas potencialmente peligrosas incluyendo el American Bully; se prohíbe expresamente el estacionamiento de vehículos con animales en su interior por tiempo superior a 30 minutos cuando la temperatura ambiente sea superior a 25ºC; se prohíbe la cría indiscriminada de animales en domicilios particulares para su posterior venta; se prohíbe dejar solos a  anímales de compañía sin cuidador durante más de 2 días consecutivos, y otras cuestiones que, según María Merello, “pone de manifiesto la preocupación de este equipo de gobierno por el bienestar de los animales y la debida convivencia con las personas”.

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