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Los ex Delphi dan el visto bueno al preacuerdo de la comisión de seguimiento

Con 317 votos a favor, 181 en contra y 10 votos en blanco, los desempleados aceptan finalmente la oferta de la Junta de Andalucía.

Aquí podrás leer todos los términos del preacuerdo


 

Horario de votaciones:

1. San Fernando, CTI de 8:30 a 9:30

2. Puerto Real, Taller Forja XXI de 10:00 a 10:30

3. Jerez, Taller de FORPE de 11:00 a 11:30

4. Puerto de Santa María, Las Salinas de 12:00 a 14:00

Preacuerdo alcanzado el martes en Sevilla:

XIV DESARROLLO DEL PROTOCOLO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 4 DE JULIO DE 2007.
En Sevilla, a 11 de enero de 2011.

Reunidos las organizaciones sindicales: la Federación de Industria de Comisiones Obreras de Andalucía, representada por D. Juan Manuel Rodríguez Torrejón, D. Jesús Serrano Gutiérrez; D. Pedro Lloret Linar y D. Francisco Cárdenas Ruso, la Federación de Metal, Construcción y Afines de la Unión General de Trabajadores de Andalucía, representada por D. Manuel Jiménez Gallardo, D. Antonio José Montoro Núñez, D. Diego Peces Solís, y D. Alfonso Valiente Chamizo; la Unión Sindical Obrera representada por D, Manuel Santillana Tirado y D. Miguel Paramio Carrión; y la Confederación General del Trabajo representada por D. Thulio M. Moreno Gómez y D. Joaquín Sánchez Heredia; así como los representantes de las Consejerías de Empleo y de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía, D. Justo Mañas Alcón, Viceconsejero de Empleo; D. Luis Nieto Ballesteros, Viceconsejero de Economía, Innovación y Ciencia; D. Antonio Perales Pizarro, Director Gerente del Plan Bahía Competitiva, D. Juan Manuel Bouza Mera, Delegado Provincial de la Consejería de Empleo en Cádiz, Delegada Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, Dª Angelines Ortiz del Río y D. Daniel Alberto Rivera Gómez, Director General de Trabajo de la Consejería de Empleo.

MANIFIESTAN:
PRIMERO.- Que el pasado 4 de julio de 2007 se suscribió un Protocolo de Colaboración en relación con las repercusiones sociales provocadas por la extinción de los contratos por la multinacional DELPHI en la Bahía de Cádiz.
SEGUNDO.- Que en el punto seis del Protocolo de Colaboración, las partes acuerdan desarrollar un Protocolo de Gestión sobre la base de los cinco puntos que anteceden al mismo.
TERCERO.- Que se han celebrado sendas reuniones los días 12 y 19 de julio, 30 de julio, 24 de septiembre, 15 de Octubre y 20 de Diciembre de 2007, 18 de Febrero, 30 de Abril, 2 de Junio y 15 de Diciembre de 2008, 16 de Enero, 25 de Mayo, 29 de Junio de 2.009, 4 de febrero, 20 de julio, 05 y 22 de noviembre de 2010 respectivamente, fechas en las que se suscribieron documentos de desarrollo del mencionado Protocolo. Como continuación al mismo se
ACUERDA:
PRIMERO.- Su voluntad inequívoca de respetar los compromisos adquiridos por la comisión de seguimiento hasta el día de la fecha, entre los que se incluyen los suscritos por todas las partes en el XIII Desarrollo del Protocolo de Colaboración el 20 de julio de 2010 y reflejados nuevamente en posteriores reuniones tendentes a "impulsar las acciones de recolocación de los trabajadores como estrategia fundamental para el cumplimiento de los objetivos del Programa".
SEGUNDO.- Reiterar nuevamente la voluntad inequívoca de cumplir la medida alcanzada el 4 de febrero de 2010, apartado segundo del XII Desarrollo del Protocolo de Colaboración.
TERCERO.- Constituir la Comisión Provincial de Seguimiento Bahía Competitiva que habrá de reunirse en los próximos días para llevar a cabo aquellos cometidos complementarios de la presente Comisión. Los sindicatos designan a los miembros presentes en el DTS para su participación, formando parte de esta Comisión por parte de la Administración los Delegados Provinciales de las Consejería de Empleo e Innovación, así como el Director Gerente del Plan Bahía Competitiva y el responsable del DTS.
CUARTO.- Respeto de la petición formulada por la representación de los extrabajadores en el día de hoy de que por parte de la Junta de Andalucía sean adquiridos los terrenos ocupados por la factoría en el marco del proceso concursal actualmente desarrollado, por parte de los representantes de ambas Consejerías se manifiesta que habrá de estarse al desarrollo del proceso judicial y que en cualquier caso, se pondrá de manifiesto al Gabinete Jurídico para el inicio de acciones legales para reclamar a la Compañía las deudas pendientes, de conformidad con los acuerdos formalizados el 04 de julio de 2007.
QUINTO.- Tomar en consideración que en el XIII Desarrollo del Protocolo de fecha 20 de julio de 2010 todas las partes suscribieron el compromiso de que la Junta de Andalucía formularía una propuesta realista sobre las Ofertas de Empleo (OVES) que pudieran hacerse efectivas para conseguir los objetivos de recolocación a los trabajadores. En este sentido las partes acuerdan que la aceptación de las ofertas de empleo sigan siendo voluntarias por parte de los extrabajadores incluidos en el Dispositivo salvo que queden puestos de trabajo sin cubrir de los ofertados, en cuyo caso la aceptación de las ofertas pendientes habrán de ser obligatorias.
SEXTO.- Resaltar que sobre esa base se acepta por la Comisión que con el fin de impulsar las recolocaciones y facilitar en la mayor medida posible la incorporación de los trabajadores a la dinámica actual del mercado de trabajo, en cualquiera de las ocupaciones y sectores que puedan serles propuestos en la zona ; y respetando en todo momento el espíritu de los acuerdos llevados a cabo hasta la fecha ; que a todos aquellos extrabajadores que les sean ofertados contratos de trabajo estable en cualquier sector de la actividad laboral perciban una ayuda complementaria.
Esta ayuda complementaria se corresponderá con el diferencial mensual entre las retribuciones correspondientes a su categorías/grupo profesional de referencia/procedencia de los extrabajadores respecto de las retribuciones que por todos los conceptos y en módulo mensual del Convenio de aplicación por incorporarse a un nuevo puesto de trabajo/categoría de destino multiplicado por 36.
El importe de dicha ayuda será abonada, a tanto alzado y en un solo pago, con un mínimo –siempre que las retribuciones del nuevo convenio de aplicación sean inferiores al de referencia- de 6.000 euros en cualquier caso, en el momento en que se produzca la aceptación de la oferta de empleo. Para el supuesto en que la integración en la empresa se produzca tras un proceso formativo con compromiso de incorporación el abono de la ayuda se producirá tras la firma del contrato correspondiente.
Con la percepción de dicha ayuda el extrabajador quedará definitivamente desligado del Plan.
SÉPTIMO.- Con la misma finalidad de facilitar también las recolocaciones a través de fórmulas de autoempleo, la Junta de Andalucía formula la propuesta de establecer una ayuda, a tanto alzado y en un solo pago, de 45.000 euros a cada extrabajador beneficiario que proceda, antes del 28 de febrero de 2011, al descuelgue voluntario. Con la percepción de dicha ayuda el extrabajador queda definitivamente desligado del Plan.
A partir del 28 de febrero de 2011 el importe de la ayuda, por este concepto, se corresponderá con la cantidad de 30.000 euros.
La percepción de las ayudas establecidas en este apartado será incompatible con un contrato indefinido.

OCTAVO.- Medidas a adoptar tras la finalización del Actual Programa de Formación el 28 de febrero de 2011.
Con arreglo a lo establecido anteriormente en este documento de cumplir la medida alcanzada el 4 de febrero de 2010, apartado segundo del XII Desarrollo del Protocolo de Colaboración, la Comisión acuerda establecer Ayudas sociales de carácter formativo, con fecha de finalización a 30 de septiembre de 2012, a través de:
• La implementación de Programas y acciones especiales en materia de empleo que puedan ser promovidos por Ayuntamientos o Mancomunidades de municipios de la provincia de Cádiz, la Diputación o la Universidad de Cádiz u otras instituciones de naturaleza pública o privada con la finalidad de llevar a cabo el desarrollo de proyectos destinados a fomentar y facilitar la empleabilidad de personas que precisen experiencia laboral en ocupaciones con alta demanda de puestos de trabajo o en sectores productivos que requieran mano de obra a corto plazo.
• El apoyo financiero por parte de las Consejerías de Empleo e Innovación a todas aquellas empresas que lleven a cabo formación con compromiso de inserción laboral de hasta un 60 % de los extrabajadores que les sean remitidos por el Dispositivo de Tratamiento Singular. La renuncia o negativa a participar en estos cursos significará automáticamente la finalización para el extrabajador en el Compromiso de Adhesión y, por ende, en el Programa de Reinserción sin indemnización de ningún tipo o naturaleza.
Tanto la programación como las fórmulas de formación que se lleven a efecto, entre las que se incluirán preferentemente aquellas relacionadas con la formación on line, serán abordadas por parte de esta Comisión de Seguimiento en su próxima reunión a celebrar la primera quincena de febrero.
Se garantiza, durante el período de vigencia de cualquiera de las acciones especiales en materia de empleo con anterioridad definidas, que las contrataciones que se efectúen a los beneficiarios sean incentivadas por la Consejería de Empleo y su coste equivalente al 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias por importe equivalente cada una de ellas a una mensualidad.
Durante este plazo se garantiza a los beneficiarios la percepción de un complemento en cuantía de 150 euros, destinado a sufragar el deterioro del material informático que sea utilizado.
Este documento tiene carácter de preacuerdo, de conformidad y compromiso por las representaciones de las partes citadas en el encabezamiento, quedando su suscripción vinculada a la aprobación de la asamblea de extrabajadores de Delphi.

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